Martín Guemes, el héroe de la Revolución de Mayo en nuestra región, dijo en referencia a la justicia que “hay que remover los obstáculos de tan alta empresa y proporcionar todos los recursos para realizarla”. Ingresando en el año del bicentenario del proceso de formación del estado nacional, aún sigue pendiente no solamente afianzar la justicia, conforme dice el preámbulo de nuestra Constitución Nacional, sino también su realización en la realidad concreta de los seres humanos.
Pasó el tiempo y los gloriosos infernales volvieron a sus tierras a buscar el reparo de la virtud mas bella, pero pronto descubrieron que el poder colonial había modificado solamente su denominación.
La Forestal y su efecto expansivo fue la continuidad de un proceso de apropiación de la tierra pública convertida en latifundio y explotación del hachero herido de muerte junto al quebracho.
Cuando se fue el obraje, solamente quedaron, los campesinos e indígenas que comenzaron a ejecutar el mandato de las voces del lejano tiempo, el sistema productivo mixto que les permitió recuperar el ecosistema dañado por la voracidad del sistema capitalista internacional. Esta realidad de vida es el ejercicio pleno de la soberanía alimentaria, un derecho fundamental de incidencia colectiva porque es la continuidad histórica del ayllu de los primeros autoctones.
A partir del menemismo la soja ha avanzado sobre el derecho a la tierra de los pueblos campesinos e indígenas de la región. Las topadoras dirigidas por los pooles de siembra actúan del mismo modo que un ejército de ocupación contra la naturaleza del Gran Chaco Americano materializando masivos delitos de estrago rural, que no pueden concretarse en condena porque los jueces federales o provinciales se niegan a dirigir la imputación hacia los responsables del irreparable daño ambiental.
“La modalidad de la estrategia del desalojo se desarrolla así: Los particulares que se consideran “dueños” (titulares de dominio) presentan denuncia penal en las Comisarías de la zona o en los Juzgados de Instrucción de las ciudades acusando a los campesinos por los delitos de usurpación, hurto de productos forestales, daños, entre otros. Obligados a concurrir a las Comisarías o Juzgados, los pobladores que deben declarar como testigos o imputados suelen ser inducidos a pronunciarse en contra de sus derechos posesorios. Estas “declaraciones” son utilizadas posteriormente en la jurisdicción civil donde las empresas presentan acciones de reivindicación precedidas de diligencias preliminares, desalojos, conclusión del comodato verbal, entre otras, contando siempre con la función complaciente y activa de la estructura del Poder Judicial y de la Policía.” (Dice el Movimiento Campesino de Santiago del Estero (MOCASE) ante la CIDH, patrocinados por la Fundación Liga Argentina por los Derechos Humanos).
Es necesario destacar, que los pueblos originarios y campesinos vienen reclamando a través de sus representantes legales que se declare causa federal las relaciones jurídicas indígenas y la tipificación de delitos de lesa humanidad a los hechos descriptos anteriormente porque configuran desalojos forzosos, conforme a las determinaciones legales establecidas en el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, ratificado por nuestro país el 2 de febrero del 2001.
Un caso emblemático es la familia Quiñones, antiguos poseedores en el Lote 41, Los Juríes, en el sudeste santiagueño. Fueron desalojados mediante una tremenda estafa de jueces, abogados, escribanos y empresarios norteamericanos confabulados con miembros de la Federación Agraria. La estafa ya fue comprobada porque apareció protocolizada la escritura original, que no fue la misma que se presentó en el juicio y ahora parte de los acusados tienen auto de procesamiento, pero el tiempo pasa y los Quiñones siguen desterrados de su propia tierra, hace unos meses murió la madre de todos ellos, esperando la justicia que nunca llegó para apagar su dolor.
La impunidad de la corporación sojera tiene su explicación en la existencia de un poder judicial que rinde culto a las escrituras públicas anotadas en los registros catastrales e inmobiliarios de las provincias, sin tener en cuenta la preexistencia fáctica y jurídica de los pueblos originarios y campesinos. Si a ello se agrega una mirada racista, al estilo de la ex juez Parrilli, donde se percibe el acervo de formaciones psiquicas heredadas de los arcontes del Terrorismo de Estado, el panorama de nuestros compañeros campesinos y hermanos indígenas es gravemente desalentador en los estrados judiciales.
El actual juez de nuestro máximo tribunal de justicia, Doctor Eugenio Zaffaroni, en tiempos de su gestión en el INADI, dijo que una de las características estructurales del discurso racista es una suerte de falso humanitarismo, y que las hipócritas invocaciones a la tutuela o piedad de los inferiores deja el camino expedito para los “visionarios políticos” y sus sicarios.
Si la justicia no se llena de tierra la humanidad será un desierto.
Santiago del Estero 16 de enero del 2010
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